Ley Moral es el conjunto de preceptos que Dios ha promulgado para que, con
su cumplimiento, la criatura racional alcance su fin último sobrenatural
5 LA LEY DIVINO-POSITIVA
Es la ley que procediendo de la libre
voluntad de Dios legislador, es comunicada al hombre por medio de una
revelación divina.
Su conveniencia se pone de manifiesto al
considerar dos cosas:
a) Todos los hombres tienen la ley
natural impresa en sus corazones, de manera que pueden conocer con la razón sus
principios más básicos. Sin embargo, el pecado original y los pecados
personales con frecuencia oscurecen su conocimiento, por lo que Dios ha querido
revelarnos su Voluntad, de modo que todos los hombres pudieran conocer lo que
debían hacer para agradarle con mayor facilidad, con firme certeza y sin ningún
error.
Así,
Dios no se contentó con grabar su ley en la naturaleza humana, sino que además
la manifestó al hombre claramente: en el Monte Sinaí, cuando ya el pueblo
elegido había salido de Egipto, Dios reveló a Moisés los diez mandamientos. Los mandamientos nos señalan de manera cierta y segura el camino de la
felicidad en esta vida y la otra. En ellos nos dice Dios lo que es bueno y lo
que es malo, lo que es verdadero y lo que es falso, lo que le agrada y lo que
le desagrada.
b) El hombre está destinado a un fin
sobrenatural, y para dirigirse a él debe cumplir también -con ayuda de la
gracia- otros preceptos, además de los naturales. Por eso Jesucristo llevó a la
perfección la ley que Dios dictó a Moisés en el Sinaí, al ponerse a Sí mismo
como modelo y camino para alcanzar ese fin al que nos llama.
Esa
perfección que Cristo ha traído a la tierra se contiene sobre todo en el
mandamiento nuevo del amor: en primer lugar, el amor a Dios con todo el
corazón, con toda el alma, con toda la mente y con todas las fuerzas; y en
segundo término, el amor a los demás como Él nos ha amado.
Vemos, por tanto, que de hecho Dios nos
ha revelado leyes en tres periodos de la historia:
1) a los Patriarcas, desde Adán hasta
Moisés;
2) al pueblo elegido, con aquellas leyes
recogidas en algunos libros del Antiguo Testamento;
3) en el Nuevo Testamento, que contiene
la ley evangélica.
Algunas leyes positivas de los dos
primeros periodos fueron después abolidas por el mismo Dios ya que eran
meramente circunstanciales, mientras que la ley evangélica es definitiva, y
aunque fue dada inmediatamente para los cristianos, incumbe de modo cierto a
todos los hombres.
Por ejemplo, las leyes judiciales y
ceremoniales dadas a los israelitas durante su éxodo nómada por el desierto
eran prescripciones para ese pueblo en esas circunstancias. El precepto de la
caridad enseñado por Jesucristo, sin embargo, es para todo hombre de todo lugar
y época.
6 LAS LEYES HUMANAS
Son, como ya quedó dicho, las dictadas
por la legítima autoridad -ya eclesiástica, ya civil-, en el orden al bien
común.
Que la legítima autoridad tenga verdadera
potestad dentro de su específica competencia para dar leyes que obliguen, no es
posible ponerlo en duda: surge la misma naturaleza de la sociedad humana, que
exige la dirección y el control de algunas leyes (cfr. Rom. 13, 1ss.; Hechos 5,
29).
De suyo, pues, es obligatoria ante Dios
toda ley humana legítima y justa; es decir, toda ley que:
a) se ordene al bien común;
b) sea promulgada por la legítima
autoridad y dentro de sus atribuciones;
c) sea buena en sí misma y en sus
circunstancias;
d) se imponga a los súbditos obligados a
ella en las debidas proporciones.
Sin embargo, cuando la ley es injusta
porque fallen algunas de estas condiciones, no obliga, y en ocasiones puede ser
incluso obligatorio desobedecerla abiertamente.
La ley injusta, al no tener la rectitud
necesaria y esencial a toda ley, ya no es ley, porque contradice al bien
divino. Es necesario, pues, distinguir entre legalidad y legitimidad. No es
suficiente que una norma sea dictada dentro del legal establecido y por las
autoridades competentes para que deba ser obedecida: es preciso que se acomode
de una manera estricta a los principios de la ley natural y de la ley
divino-positiva. Aquellas condiciones garantizan su legalidad formal, pero esta
última es la que proporciona la legitimidad intrínseca.
Por tanto, si una ley civil se opone
manifiestamente a la ley natural, o a la ley divino-positiva, o a la ley
eclesiástica, no obliga, siendo en cambio obligatorio desobedecerla por
tratarse de una ley injusta, que atenta al bien común.
Por: Ricardo Sada y Alfonso Monroy
Fuente: http://encuentra.com/