18.1.17

CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA: FONDO COMÚN INTERDIOCESANO Y PRESUPUESTOS 2017

Transparencia del Presupuesto del Fondo Común Interdiocesano para 2017

El Fondo Común Interdiocesano es el instrumento a través del cual se canaliza la distribución de la asignación tributaria a las diócesis españolas y otras realidades eclesiales. 

El fondo común se constituye con dos partidas: la asignación tributaria y las aportaciones de las diócesis. La Asamblea Plenaria de noviembre de 2016 ha aprobado la Constitución y reparto del Fondo Común Interdiocesano para 2017 en los siguientes términos:

1.-  Asignación tributaria: El importe de la asignación viene determinado por el resultado de la campaña de asignación correspondiente al IRPF 2014, campaña 2015. Dichos datos, de acuerdo con el mecanismo establecido de comunicación, no están disponibles a la hora de hacer el presupuesto por lo que procede realizar una estimación. Se ha establecido como cantidad objetivo la misma cantidad que la que se obtuvo en el ejercicio anterior, es decir, 248,5 millones de euros. La Asamblea Plenaria ha aprobado que, en el caso de que la partida definitiva sufra modificaciones, el Consejo de Economía pueda ajustar el presupuesto a la cantidad real o bien aplicar recursos del fondo de reserva.

2.- Aportación de las diócesis. De acuerdo con el principio de solidaridad, presente desde el primer momento en el Fondo Común, todas las diócesis aportan al Fondo Común en función de su capacidad potencial de obtención de ingresos. Dicha capacidad se mide en función de tres parámetros: el número de habitantes, la renta per cápita de la provincia donde radica la diócesis y la presencia o no de la capital de la provincia en la diócesis. La cantidad resultante es muy similar a la correspondiente al año anterior, con una mínima variación por la evolución de la renta de nuestro país.

Distribución del fondo (empleos o gastos)

La distribución del Fondo Común Interdiocesano se realiza en dos bloques: unas partidas las ejecuta y distribuye la Conferencia Episcopal a sus finalidades propias; el resto son remitidas a las diócesis por distintos conceptos que miden las necesidades de fondos de las mismas. Este envío no constituye una aplicación directa de fondos sino un método para evaluar necesidades. Las cantidades que recibe cada diócesis se integran en su presupuesto diocesano para financiar el conjunto de necesidades:

Envío a las diócesis. Las diócesis perciben fondos teniendo en cuenta los siguientes factores:

a.- Una cantidad lineal. Para atender gastos mínimos y beneficiar así a las diócesis más pequeñas.
b.- Módulos en función de los sacerdotes. Unos módulos calculados en función del número de sacerdotes de cada diócesis y su dependencia total o parcial del presupuesto diocesano.
c.- Módulos de atención pastoral. Se trata de módulos que tienen en cuenta el número de templos, la extensión de las diócesis, los habitantes y el tamaño medio de la parroquia.
d.- Seminarios. Se trata de un reparto establecido por la Comisión Episcopal de Seminarios en función de la existencia de centros de estudios, bibliotecas, pastoral vocacional, número de seminaristas, etc.

Fondos empleados por la Conferencia Episcopal:

a.-Seguridad Social del Clero. Importe de las cotizaciones pagadas a la Seguridad Social por el conjunto de clérigos diócesis. Todos los clérigos diocesanos. Todos los clérigos diocesano cotizan por el salario mínimo interprofesional, de acuerdo con el Real Decreto 2398/1977, de 27 de agosto de incorporación del Clero diocesano a la Seguridad Social. La Conferencia Episcopal realiza el pago centralizado de manera trimestral.
b.- Retribuciones Señores obispos. Cantidad total empleada en la retribución de todos los obispos de España. Se realiza una estimación del total del número de obispos.
c.- Ayuda a proyectos de rehabilitación y construcción de templos. Se trata de una ayuda compensatoria a las entidades de la Iglesia por la pérdida de la exención de IVA en la construcción de templos. La Conferencia solicita todos los proyectos de ejecución de obra y concede el importe correspondiente al 50% del IVA de las nuevas construcciones y el 25% de las rehabilitaciones.
d.- Centros de formación. Total de ayudas a distintas instituciones de formación como la Universidad Pontificia de Salamanca, Facultades eclesiásticas, Colegio Español de Roma, Centro Montserrat en Roma y Casa de Santiago en Jerusalén.
e.- Aportación a las Cáritas diocesanas. Aportación extraordinaria con motivo de la crisis para las Cáritas diocesanas repartida proporcionalmente al envío a las diócesis.
f.- Actividades pastorales nacionales. Se trata de una partida para cubrir distintos proyectos aprobados por la Asamblea Plenaria en cada año.
g.- Campañas de Financiación de la Iglesia. Importe para invertir en las campañas de la asignación tributaria y día de la Iglesia diocesana.
h.- Funcionamiento de la Conferencia Episcopal. Aportación al presupuesto de mantenimiento de la estructura de la Conferencia Episcopal.
i.- Actividades pastorales en el extranjero. Incluye la aportación al Fondo Nueva Evangelización y las ayudas a las Conferencias Episcopales del Tercer Mundo.
j.- Conferencia de religiosos. Aportación a los fines generales de la Confer.
k.- Insularidad. Ayuda para compensar gastos específicos de transporte de las diócesis con insularidad.
l.- Instituciones Santa Sede. Aportación a la Santa Sede (Óbolo de San Pedro) y al mantenimiento del Tribunal de la Rota.
m.- Fondo intermonacal. Se trata una partida destinada a ayudas puntuales a religiosas contemplativas en el pago de la seguridad social.
n.- Plan de transparencia. Se habilita esta partida, que anteriormente estaba incluida en las campañas de financiación, para atender a los distintos programas del Plan de Transparencia aprobado por la Conferencia Episcopal.


Presupuesto de la Conferencia Episcopal Española para 2017

El presupuesto de la Conferencia Episcopal Española se presenta equilibrado en gastos e ingresos con un aumento del 1,33%. Las partidas de Actividades Pastorales se incrementan ligeramente, al igual que Gastos de Personal (para atender a lo establecido en la regulación laboral). Los gastos de conservación y suministros, se reducen ligeramente.

El detalle, conforme al modelo normalizado para las instituciones diocesanas, es el siguiente:

1.-  Ingresos

– Aportación de los fieles: Con carácter general, la Conferencia Episcopal no es destinataria de fondos de aportaciones de fieles. Cuando alguien solicita dar un donativo, se reorienta a la Diócesis correspondiente. No obstante, este capítulo recoge alguna ayuda puntual.
– Asignación tributaria: Se trata de la cantidad prevista en el Fondo Común Interdiocesano para la financiación parcial de las actividades de la Conferencia.

– Ingresos de Patrimonio: En esta partida se incluyen:

Los alquileres devengados correspondientes a las propiedades de la Conferencia Episcopal. Se han adaptado a la realidad de la situación actual.

Los ingresos financieros procedentes de algunos fondos propios de la Conferencia que están invertidos en depósitos a plazo e instrumentos de renta fija de máxima seguridad. Se prevé una disminución de los mismos por la caída de los tipos de interés.

Actividades económicas: Se trata fundamentalmente de la aportación de las editoriales de la Conferencia Episcopal (EDICE, BAC y Libros Litúrgicos), la revista Ecclesia, la gestión de derechos de autor, así como las tasas de expedición de títulos de idoneidad.

Otros ingresos corrientes: Esta partida computa aportaciones de alguna institución religiosa, así como ingresos varios de gestión no encasillables en los otros grupos.



2.- Gastos 

– Acciones pastorales: Figuran aquí los presupuestos que se destinan para las distintas actividades realizadas por la Comisiones Episcopales, así como las aportaciones realizadas a algunos organismos Internacionales de la Iglesia (COMECE, CCEE, Comisión Internacional de Migraciones y Casa de la Biblia). Por último figuran también las aportaciones a las instituciones de “Acción Católica” y “Justicia y Paz”.

– Retribución del Clero: Se contemplan el total de retribuciones del clero que colabora de manera permanente o puntual en las actividades ordinarias de la Conferencia. Sus retribuciones, tras estar congeladas durante varios años, en el próximo ejercicio se incrementarán ligeramente.

– Retribución del personal seglar: Se incluye en este apartado el total de retribuciones satisfechas a los trabajadores seglares de la Conferencia Episcopal, así como las colaboraciones satisfechas por trabajos puntuales. Las retribuciones del personal laboral están referenciadas al Convenio de Oficinas y despachos, con algunas adaptaciones.

– Conservación de edificios y funcionamiento: Incluye el importe satisfecho por el resto de conceptos: reparaciones, mantenimiento, material de oficina, suministros, etc.


Fuente: Conferencia Episcopal Española

¡SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES! 
facebook twitter