Transparencia del Presupuesto
del Fondo Común Interdiocesano para 2017
El Fondo Común
Interdiocesano es el instrumento a través del cual se canaliza la distribución
de la asignación tributaria a las diócesis españolas y otras realidades
eclesiales.
El fondo común se constituye con dos partidas: la asignación
tributaria y las aportaciones de las diócesis. La Asamblea Plenaria de
noviembre de 2016 ha aprobado la Constitución y reparto del Fondo Común
Interdiocesano para 2017 en los siguientes términos:
1.- Asignación
tributaria: El importe de la asignación viene determinado por el resultado de
la campaña de asignación correspondiente al IRPF 2014, campaña 2015. Dichos
datos, de acuerdo con el mecanismo establecido de comunicación, no están
disponibles a la hora de hacer el presupuesto por lo que procede realizar una
estimación. Se ha establecido como cantidad objetivo la misma cantidad que la
que se obtuvo en el ejercicio anterior, es decir, 248,5 millones de euros. La
Asamblea Plenaria ha aprobado que, en el caso de que la partida definitiva
sufra modificaciones, el Consejo de Economía pueda ajustar el presupuesto a la
cantidad real o bien aplicar recursos del fondo de reserva.
2.- Aportación de las
diócesis. De acuerdo con el principio de solidaridad, presente desde el primer
momento en el Fondo Común, todas las diócesis aportan al Fondo Común en función
de su capacidad potencial de obtención de ingresos. Dicha capacidad se mide en
función de tres parámetros: el número de habitantes, la renta per cápita de la
provincia donde radica la diócesis y la presencia o no de la capital de la
provincia en la diócesis. La cantidad resultante es muy similar a la
correspondiente al año anterior, con una mínima variación por la evolución de
la renta de nuestro país.
Distribución del fondo (empleos o gastos)
La distribución del
Fondo Común Interdiocesano se realiza en dos bloques: unas partidas las ejecuta
y distribuye la Conferencia Episcopal a sus finalidades propias; el resto son
remitidas a las diócesis por distintos conceptos que miden las necesidades de
fondos de las mismas. Este envío no constituye una aplicación directa de fondos
sino un método para evaluar necesidades. Las cantidades que recibe cada
diócesis se integran en su presupuesto diocesano para financiar el conjunto de
necesidades:
Envío a las diócesis.
Las diócesis perciben fondos teniendo en cuenta los siguientes factores:
a.- Una cantidad lineal. Para atender gastos mínimos y beneficiar
así a las diócesis más pequeñas.
b.- Módulos en función de los sacerdotes. Unos módulos calculados
en función del número de sacerdotes de cada diócesis y su dependencia total o
parcial del presupuesto diocesano.
c.- Módulos de atención pastoral. Se trata de módulos que
tienen en cuenta el número de templos, la extensión de las diócesis, los
habitantes y el tamaño medio de la parroquia.
d.- Seminarios. Se trata de un reparto establecido por la
Comisión Episcopal de Seminarios en función de la existencia de centros de
estudios, bibliotecas, pastoral vocacional, número de seminaristas, etc.
Fondos empleados por la Conferencia Episcopal:
a.-Seguridad Social del Clero. Importe de las
cotizaciones pagadas a la Seguridad Social por el conjunto de clérigos diócesis.
Todos los clérigos diocesanos. Todos los clérigos diocesano cotizan por el
salario mínimo interprofesional, de acuerdo con el Real Decreto 2398/1977, de
27 de agosto de incorporación del Clero diocesano a la Seguridad Social. La
Conferencia Episcopal realiza el pago centralizado de manera trimestral.
b.- Retribuciones Señores obispos. Cantidad total empleada
en la retribución de todos los obispos de España. Se realiza una estimación del
total del número de obispos.
c.- Ayuda a proyectos de rehabilitación y construcción de
templos.
Se trata de una ayuda compensatoria a las entidades de la Iglesia por la
pérdida de la exención de IVA en la construcción de templos. La Conferencia
solicita todos los proyectos de ejecución de obra y concede el importe correspondiente
al 50% del IVA de las nuevas construcciones y el 25% de las rehabilitaciones.
d.- Centros de formación. Total de ayudas a distintas
instituciones de formación como la Universidad Pontificia de Salamanca,
Facultades eclesiásticas, Colegio Español de Roma, Centro Montserrat en Roma y
Casa de Santiago en Jerusalén.
e.- Aportación a las Cáritas diocesanas. Aportación
extraordinaria con motivo de la crisis para las Cáritas diocesanas repartida
proporcionalmente al envío a las diócesis.
f.- Actividades pastorales nacionales. Se trata de una partida
para cubrir distintos proyectos aprobados por la Asamblea Plenaria en cada año.
g.- Campañas de Financiación de la Iglesia. Importe para
invertir en las campañas de la asignación tributaria y día de la Iglesia
diocesana.
h.- Funcionamiento de la Conferencia Episcopal. Aportación al
presupuesto de mantenimiento de la estructura de la Conferencia Episcopal.
i.- Actividades pastorales en el extranjero. Incluye la aportación
al Fondo Nueva Evangelización y las ayudas a las Conferencias Episcopales del
Tercer Mundo.
j.- Conferencia de religiosos. Aportación a los
fines generales de la Confer.
k.- Insularidad. Ayuda para compensar gastos específicos
de transporte de las diócesis con insularidad.
l.- Instituciones Santa Sede. Aportación a la
Santa Sede (Óbolo de San Pedro) y al mantenimiento del Tribunal de la Rota.
m.- Fondo intermonacal. Se trata una partida destinada a
ayudas puntuales a religiosas contemplativas en el pago de la seguridad social.
n.- Plan de transparencia. Se habilita esta partida, que
anteriormente estaba incluida en las campañas de financiación, para atender a
los distintos programas del Plan de Transparencia aprobado por la Conferencia
Episcopal.
Presupuesto de la
Conferencia Episcopal Española para 2017
El presupuesto de la
Conferencia Episcopal Española se presenta equilibrado en gastos e ingresos con
un aumento del 1,33%. Las partidas de Actividades Pastorales se incrementan
ligeramente, al igual que Gastos de Personal (para atender a lo establecido en la
regulación laboral). Los gastos de conservación y suministros, se reducen
ligeramente.
El detalle, conforme al
modelo normalizado para las instituciones diocesanas, es el siguiente:
1.- Ingresos
– Aportación de los
fieles: Con carácter general, la Conferencia Episcopal no es destinataria
de fondos de aportaciones de fieles. Cuando alguien solicita dar un donativo,
se reorienta a la Diócesis correspondiente. No obstante, este capítulo recoge
alguna ayuda puntual.
– Asignación
tributaria: Se trata de la cantidad prevista en el Fondo Común
Interdiocesano para la financiación parcial de las actividades de la
Conferencia.
– Ingresos de
Patrimonio: En esta partida se incluyen:
Los alquileres
devengados correspondientes a las propiedades de la Conferencia Episcopal. Se
han adaptado a la realidad de la situación actual.
Los ingresos financieros
procedentes de algunos fondos propios de la Conferencia que están invertidos en
depósitos a plazo e instrumentos de renta fija de máxima seguridad. Se prevé
una disminución de los mismos por la caída de los tipos de interés.
Actividades económicas:
Se trata fundamentalmente de la aportación de las editoriales de la Conferencia
Episcopal (EDICE, BAC y Libros Litúrgicos), la revista Ecclesia, la gestión de
derechos de autor, así como las tasas de expedición de títulos de idoneidad.
Otros ingresos
corrientes: Esta partida computa aportaciones de alguna institución
religiosa, así como ingresos varios de gestión no encasillables en los otros
grupos.
2.- Gastos
– Acciones pastorales: Figuran
aquí los presupuestos que se destinan para las distintas actividades realizadas
por la Comisiones Episcopales, así como las aportaciones realizadas a algunos
organismos Internacionales de la Iglesia (COMECE, CCEE, Comisión Internacional
de Migraciones y Casa de la Biblia). Por último figuran también las
aportaciones a las instituciones de “Acción Católica” y “Justicia y Paz”.
– Retribución del Clero: Se
contemplan el total de retribuciones del clero que colabora de manera
permanente o puntual en las actividades ordinarias de la Conferencia. Sus
retribuciones, tras estar congeladas durante varios años, en el próximo
ejercicio se incrementarán ligeramente.
– Retribución del
personal seglar: Se incluye en este apartado el total de retribuciones
satisfechas a los trabajadores seglares de la Conferencia Episcopal, así como
las colaboraciones satisfechas por trabajos puntuales. Las retribuciones del
personal laboral están referenciadas al Convenio de Oficinas y despachos, con
algunas adaptaciones.
– Conservación de
edificios y funcionamiento: Incluye el importe satisfecho por el resto de
conceptos: reparaciones, mantenimiento, material de oficina, suministros, etc.
Fuente: Conferencia Episcopal Española