Para el tribunal no se trata únicamente de una cuestión religiosa, sino que tiene que ver con la identidad cultural e histórica de Italia
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| Imagen referencial / Foto: Pixabay (Dominio Público) |
El crucifijo no discrimina en la escuela. Así lo establece el
Tribunal Supremo de Italia (Corte de Casación) en una sentencia donde se
recuerda que “la presencia del crucifijo –al cual se vincula, en un país como
Italia, la experiencia vivida de una comunidad y la tradición cultural de un
pueblo– no constituye un acto de discriminación” por motivos religiosos.
La sentencia, dictada en la mañana del jueves 9 de septiembre,
pone fin a una disputa surgida en el curso académico 2008-2009 en una escuela
de Terni donde, en virtud del resultado de votación de una asamblea de
estudiantes, se decidió colocar el crucifijo en las aulas.
El fallo de este jueves sigue a la sentencia del 2011 del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos, con sede en la ciudad francesa de Estrasburgo, que
señaló que el crucifijo “es un símbolo esencialmente pasivo”.
Eso implicaba, según la sentencia del Tribunal de Estrasburgo, que
“de su mera exposición no se deriva ninguna violación del principio de
neutralidad del Estado”.
La sentencia del alto tribunal italiano, recogida por el diario de
la Conferencia Episcopal Italiana, Avvenire,
también señala que si la comunidad escolástica lo decide, el crucifijo puede
estar acompañado “de los símbolos de otras confesiones presentes en la clase”.
Para el tribunal no se trata únicamente de una cuestión religiosa,
sino que tiene que ver con la identidad cultural e histórica de Italia.
El tribunal recuerda que hay una ley emitida en la década de 1920
que respalda la legalidad de la presencia del crucifijo en las aulas. Esa ley
nunca ha sido derogada y, por lo tanto, sigue en vigor siempre que se
interprete según la Constitución.
La sentencia señala que “la laicidad italiana no es
‘neutralizante’: no niega la peculiaridad y la identidad de cada credo y no
persigue un objetivo de marcar tendencia y de progresiva irrelevancia del
sentir religioso, destinado a permanecer en la intimidad de la conciencia del
individuo”.
“El principio de laicidad no minusvalora la contribución que los
valores religiosos pueden aportar al crecimiento de la sociedad”, se afirma en
la sentencia.
La Conferencia Episcopal Italiana (CEI) reaccionó a la sentencia
por medio de su secretario general, Mons. Stefano Russo.
En declaraciones difundidas por el sitio web de la
CEI, Mons. Russo dijo que “los jueces de la Corte Suprema confirman
que el crucifijo en las aulas escolares no crea divisiones ni conflictos, sino
que es expresión de un sentir común enraizado en nuestro país y símbolo de una
tradición cultural milenaria”.
“La decisión de la Corte Suprema aplica plenamente el principio de
libertad religiosa consagrado en la Constitución, rechazando una visión
laicista de la sociedad que quiere esterilizar el espacio público de toda
referencia religiosa. En esta sentencia la Corte reconoce la relevancia de la
libertad religiosa, el valor de la pertenencia, la importancia del respeto
recíproco”, afirmó.
Por último, Mons. Russo señaló que “es innegable que el hombre
sufriente sobre la cruz no pueda ser un símbolo de diálogo, porque ninguna
experiencia es más universal que la compasión hacia el prójimo y la esperanza
de salvación”.
“El cristianismo, del cual está permeada nuestra cultura, también
la laica, ha contribuido a construir y acrecentar en el curso de los siglos una
serie de valores compartidos que se explicitan en la acogida, el cuidado, la
inclusión, la aspiración a la fraternidad”, concluyó su declaración Mons.
Russo.
Fuente: ACI Prensa






