El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a la patronal de los negocios de aborto en España (ACAI) por publicidad engañosa al asegurar en su sitio web que la práctica del aborto no conlleva riesgos
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| Imagen referencial. Crédito: Pixabay |
La Sala de lo Civil del Tribunal
Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por ACAI contra una
sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo porque “no ha justificado
ninguno de los motivos” que la ley prevé para este tipo de recursos.
En el sitio web de la patronal
del aborto en España, se afirma, en su sección de preguntas frecuentes, que la
intervención quirúrgica del aborto “es una operación que no deja
secuelas”.
También se asegura a las madres
que buscan información sobre el aborto que “cuando te quedes embarazada será
como si no hubieses tenido un aborto anterior”.
La
patronal abortista española defiende además que “tampoco hay ningún riesgo de
esterilidad por someterse a uno o más abortos” y que “el aborto es la
intervención quirúrgica más frecuente en España que no deja
secuelas y la incidencia de complicaciones es bajísima”.
La sentencia de la Audiencia
Provincial que ha sido ratificada prohíbe a la patronal ACAI, que agrupa a
32 establecimientos abortistas, la “reiteración futura” de las expresiones
objeto del pleito que constituyen publicidad “ilícita por engañosa”.
También se condena a ACAI a
incluir en su página web un enlace a la sentencia acompañado de una “breve
reseña de los mensajes publicitarios que la han determinado”.
La Audiencia Provincial reprochó
en su sentencia a la industria del aborto que durante el proceso no intentara
probar a veracidad de las afirmaciones que han sido definidas como publicidad
engañosa.
La patronal abortista “se ha
desentendido por completo de la actividad probatoria al no haber puesto
medio alguno encaminado a demostrar la veracidad de la información por ella
publicada, olvidando que es a ella a quien le incumbe legalmente tal carga”,
recoge la sentencia.
Sin embargo, la parte demandante
representada por la Fundación de Abogados Cristianos aportó el testimonio de un
ginecólogo, una cirujana y una terapeuta que aportaron datos sobre las
consecuencias del aborto.
Entre ellas, los testigos
cualificados citaron “trastornos anímicos”, “complicaciones que afecten al
aparato genital femenino” o “esterilidad”, aunque en casos poco
frecuentes.
Asímismo se dieron referencias
del síndrome post aborto por el que, según la cirujana testigo y tal y como
recoge la sentencia, “se ven aliviadas al principio, pero después se sienten
asesinas de sus hijos, apareciendo depresiones e incluso impulsos
autolíticos”.
Por otro lado, se citaron como
posibles efectos del aborto “un aumento de la probabilidad de cáncer de mama en
el primer año posterior a la intervención”, así como “problemas asociados al
estrés postraumático, tal y como aparece avalado por numerosos estudios
científicos internacionales”.
La presidente de la Fundación de
Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha reclamado a la ministra de
Igualdad, Irene Montero, que se pronuncie sobre la sentencia que deja en
evidencia a los negocios del aborto.
A juicio de Castellanos, las
empresas abortistas “son capaces de todo: utilizando a las mujeres, recurriendo
al engaño, incluso poniendo en riesgo la salud de las mujeres con el único
objetivo de ganar más dinero”.
Abogados Cristianos anuncia que
va a remitir a las consejerías autonómicas de Sanidad la sentencia “para que
rescindan cualquier contrato con los centros de aborto implicados”.
Castellanos celebra que “por fin
se ha hecho justicia contra una organización que, para obtener beneficio
económico, ha mentido a muchas mujeres animándolas a abortar como si estuvieran
libres de serias secuelas”.
Por Nicolás Cárdenas
Fuente: ACI Prensa






