Recuerdan que el procedimiento especial
que ha permitido a la Iglesia inscribir bienes por certificación o por posesión
inmemorial «nunca ha sido declarado inconstitucional»
Mezquita de Córdoba desde el aire. Foto: Toni Castillo Quero |
El Colegio de
Registradores de España salió al paso de la desamortización encubierta que
pretende el Gobierno de Pedro Sánchez, tras anunciar que reclamará a
la Iglesia los bienes inmatriculados que sean de dominio público.
El Ejecutivo
tomará esta medida a través de la Dirección General de Patrimonio del Estado
después de finalizar la lista con los bienes registrados por la Iglesia entre
1998 y 2015.
«Solo un juez puede declarar nulas las
inscripciones registrales y, mientras eso no ocurre, conforme al artículo 1 de
la Ley Hipotecaria, los asientos del Registro están bajo la salvaguarda de los
Tribunales y producen todos sus efectos», advierte el organismo en un
argumentario sobre «Las inmatriculaciones a favor de la Iglesia católica por
certificación de su inventario y la inscripción de sus templos», al que ha
tenido acceso ABC.
«Cosas
antiguas»
Según explica el documento, «hasta junio de 2015»,
la Iglesia ha podido inmatricular sus bienes «por un procedimiento especial»
–establecido por el artículo 206 de la Ley Hipotecaria– que permitía la
inscripción del bien «mediante certificación del obispo por tenerlo incluido en
el inventario o habiéndolo adquirido por posesión inmemorial». El Colegio
señala que este sistema ha estado vigente hasta la reforma de la ley en 2015 y
que «no ha sido nunca declarado inconstitucional».
El director de Estudios del Colegio de
Registradores, Manuel Ballesteros, explicó a ABC que «el Gobierno piensa
que la Iglesia puede haber inscrito por el procedimiento especial, que estaba
legalmente previsto, bienes que en realidad no eran de la Iglesia, sino que
eran de dominio público». Sin embargo, para poder recuperar esos bienes por
parte de la Dirección General de Patrimonio del Estado es necesario «discutir
la titularidad del bien ante los Tribunales».
«Hay que demostrar ante el juez que lo que dice el
Registro en realidad no es cierto», apuntó Ballesteros. «Las inscripciones en
el Registro están bajo la salvaguarda de los tribunales y solo ante los
tribunales se puede discutir la titularidad de un bien», insistió.
El director de Estudios del Colegio de
Registradores además precisó que el tipo de bienes que están en discusión están
inscritos a nombre de la Iglesia por «posesión inmemorial». «Puede ser el caso,
por ejemplo, de una ermita en un pueblo, que la Iglesia ha inscrito a su nombre
y resulta que el municipio sostiene que esa ermita no es en realidad de la
Iglesia, aunque siempre se destinase al culto católico porque se había
levantado con fondos del propio municipio. No se pueden excluir otros casos,
pero, en general, estamos hablando de cosas muy antiguas que si se plantean
ante el juez, pues habrá que dilucidar si la posesión que tuvo la Iglesia
durante años era a título de dueño o no era a título de dueño».
La ministra de Justicia, Dolores Delgado, confirmó que el departamento que dirige está elaborando un censo de los bienes
inmatriculados a favor de la Iglesia y que se trata de un listado que se hará
público tras estudiar fórmulas que respeten la protección de datos. «Si entre
esos bienes hay de dominio público se estudiará jurídicamente la reversión al
dominio público», señaló la ministra en declaraciones a los medios tras su
comparecencia ante la Comisión de Justicia del Congreso. Este listado parte de
una proposición no de ley del Congreso aprobada en abril de 2017 y de él se
está encargando la Dirección General de Registros y del Notariado.
Laura Daniele/Nati Villanueva
Fuente: Alfa y Omega