El
municipio de Boadilla del Monte, Madrid (España) será el primero de España en
tener nichos y columbarios individuales en su cementerio para neonatos
fallecidos o abortados
Según
informa el diario El Confidencial, las obras comenzaron el
pasado mes de mayo y ya están próximas a terminarse. Por lo que se prevé que
puedan utilizarse a partir del mes de octubre.
Está
formado por nueve columbarios para depositar cenizas o restos mortales y
pretende ser un lugar “para el duelo y el recuerdo de los hijos”.
Javier
Úbeda, alcalde de Boadilla del Monte, declaró a El Confidencial que esta propuesta
pretende llevar a cabo proyectos que “dignifiquen la vida de las personas
independientemente de su desarrollo”.
Úbeda
también aseguró que de esta manera los vecinos pueden “llorar y rezar de una
forma digna a su hijo y que este no sea tratado como un mero residuo médico que
acaba en la basura”.
“No
tiene sentido que una familia que sufre un aborto no pueda dar sepultura a su
hijo ni se le facilite el suelo con espacios como los que estamos habilitando”,
apuntó.
“Es
un pequeño paso, pero significativo, para lograr que triunfe el respeto a la
vida independientemente de las circunstancias de ésta” y “si lo solicitan las
familias, tenemos capacidad para abrir más columbarios y suponemos que lo
harán, porque no existe nada similar como servicio público en España”, aseguró
el alcalde.
El
coste de estos nichos será de 386 euros para las personas que residan en el
municipio y el doble para quienes no residen en él. Les otorga el uso durante
99 años, mientras que el resto de tumbas es de 10 o 50 años.
El
Confidencial también indica que la puesta en marcha de este lugar para que
reposen los restos de niños no nacidos se basa en la sentencia del Tribunal
Constitucional del año 2016 que reconoció el derecho de una madre a enterrar a
su hijo de 22 semanas de gestación y 362 gramos de peso.
Para
ser registrado en el Registro Civil y ser considerado “resto humano de entidad
suficiente”, y por lo tanto también enterrado, el feto debe pesar al menos 500
gramos y alcanzar los 180 días de gestación.
Hasta
alcanzar esos parámetros, el feto no se considera sujeto a la normativa
mortuoria por no ser resto quirúrgico de entidad suficiente.
Sin
embargo, con la resolución del Tribunal Constitucional se subrayó que el
derecho de enterramiento de los fetos está contenido en el “derecho a la
intimidad familiar”.
“De
la imposición de un deber de inscripción en el Registro Civil a partir de un
determinado tiempo de gestación, no cabe deducir la prohibición de entrada para
su enterramiento”.
Hasta
ahora, tan sólo el cementerio de Zamora y el de la localidad de Torrent, en
Valencia (España) tienen lugares similares, que denominan “rinconcito blanco” para
que las familias que han perdido a sus hijos durante la gestación puedan
depositar sus restos con dignidad.
En
el caso de Boadilla del Monte contará con nichos individuales para cada feto o
neonato de hasta tres meses y no un espacio común para todos los cuerpos.
Fuente: ACI Prensa