Cuidado: es imprescindible distinguir entre "sectas" y "actitudes sectarias". No es lo mismo y explicamos por qué
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En
muchas ocasiones se habla de la existencia de sectas dentro de la Iglesia
católica. A veces las acusaciones vienen de parte de personas que han
pertenecido a instituciones eclesiales; y que, al abandonarlas, dicen haber
sido víctimas de sistemas cerrados en lo que, si no es una secta, se le parece
mucho.
Otras veces son algunas familias las que se quejan de que uno de sus miembros ha cambiado radicalmente después de encontrarse con un movimiento o una orden religiosa. ¿Podemos hablar de sectas dentro de la Iglesia? ¿Es lo mismo “secta” que “sectarismo”? ¿Qué criterios distinguen lo legítimo y lo que no lo es al hablar de conversión, apostolado, renuncia…?
Radicalidad y radicalismo
Si miramos a la historia de la Iglesia, vemos que ésta, desde su
mismo comienzo, siempre ha reconocido el valor de las personas que, apasionadas
en su experiencia de encuentro con Cristo y de conversión, lo han dejado todo
para seguirlo en radicalidad (que no es lo mismo que radicalismo).
Y así, el primer modelo de referencia fue el del mártir, sobre
todo en la época de las persecuciones. El mártir (en griego significa
«testigo») es quien más se asemeja a Jesús; porque no sólo ha vivido como él,
entregado a los demás, sino que ha muerto también como su Señor.
Cuando las persecuciones no fueron tan generalizadas, y sobre todo a partir de la libertad religiosa para el cristianismo, se buscaron formas alternativas de radicalidad: la virginidad, la vida monástica y la vida eremítica. Los que asumían este estilo de vida a contracorriente lo hacían basándose en las mismas palabras de Jesús: «vende todo lo que tienes, da el dinero a los pobres y después sígueme». Así lo hizo, por ejemplo, San Antonio abad, padre de la vida monástica en Egipto.
La clave es la libertad
Y es que, para la fe cristiana, Jesús se presenta como algo más
que un maestro de moral o un intérprete de la Ley judía. Su autoconciencia es
la de ser Dios hecho hombre, y eso explica su pretensión de exclusividad (que
no exclusivismo). La confesión de los primeros cristianos es meridianamente
clara: «Jesús es el Señor», por encima de todo culto y de toda otra autoridad.
Como señalaba Benedicto XVI, «no se comienza a ser cristiano por una decisión
ética o una gran idea, sino por el encuentro con un acontecimiento, con una Persona,
que da un nuevo horizonte a la vida y, con ello, una orientación decisiva» (Deus caritas
est 1).
De este nuevo horizonte hablamos, y en eso consiste la conversión.
En ocasiones esto se da en la persona de forma individual. Otras veces el
proceso o el momento de cambio viene orientado por una realidad grupal o por el
testimonio de un líder carismático.
¿Entonces se trata de una secta? No, y aquí es fundamental el aspecto de la libertad: cada paso que va dando la persona, por radical que sea… ¿es un paso dado desde la libertad iluminada por la razón y por la fe? ¿Es un acto libre o es un ejercicio de obediencia ciega a una persona o a una dinámica de grupo? Llegamos así a la pregunta fundamental.
¿Hay sectas dentro de la Iglesia?
Para que podamos hablar de secta, utilicemos la definición que
utilicemos, tenemos que estar ante una realidad grupal. Y este grupo o
movimiento ha de gozar de independencia en sus creencias y en sus prácticas.
Como señala Manuel Guerra, miembro de la Red Iberoamericana de Estudio de las
Sectas (RIES) y autor del Diccionario enciclopédico de las sectas,
una de las claves para delimitar el fenómeno sectario es que nos referimos, al
hablar de una secta concreta, a «un grupo autónomo».
Una realidad grupal en la que se dé un comportamiento sectario (o
abuso psicológico, como dicen algunos autores) no pasa automáticamente a ser
una secta. No sólo debemos fijarnos en su dinámica interna, sino en su
situación, en su contexto. Si ese grupo depende de otro o se halla en una
realidad mayor que goza de autoridad sobre él, no podemos hablar de secta;
desde una simple constatación sociológica.
Si hablamos en concreto de la Iglesia católica, o de cualquier
otra confesión religiosa con estructura y funcionamiento semejantes, tenemos
que aceptar lo señalado por el cardenal Christoph Schönborn: «las sectas se
hallan aisladas y, por su auto-comprensión, no quieren verse sometidas a examen
por parte de la autoridad eclesiástica». Así es.
Y se han dado casos en los que la jerarquía ha tenido que
intervenir en algún instituto de vida consagrada o en alguna asociación de
fieles ante la desviación de su propósito originario y de su dinámica interna;
llegando a deponer al líder y modificando el gobierno de la institución para
garantizar las libertades y derechos de sus miembros (de las implicaciones
jurídicas hablaremos en un artículo posterior).
Schönborn apunta a la necesaria distinción entre sectas y sectarismo; habida cuenta de que «en el fondo, el concepto de fundamentalismo se utiliza a menudo como eslogan para atacar a alguien, más que como expresión para describir un fenómeno espiritual claramente determinado. En este contexto, se habla a veces también de dogmatismo, de integrismo, de tradicionalismo».
¿Hay actitudes sectarias dentro de la Iglesia?
Después de haber afirmado lo anterior, debemos
reconocer que sí se dan; o al menos sí pueden darse, casos de comportamiento
sectario en realidades aprobadas y reconocidas por la Iglesia católica.
Un ejemplo reciente lo hemos visto en el caso de la Orden y
Mandato de San Miguel Arcángel; había sido aprobada como asociación pública de
fieles de derecho diocesano por el Obispado de Tuy-Vigo, y fue intervenida por
la autoridad eclesiástica, destituyendo al líder y fundador.
Una precisión importante que hay que hacer antes que nada, en un
caso de presuntas «derivas sectarias», es distinguir si se trata de un
comportamiento aislado de una persona o personas, o de un centro concreto de
esa asociación, o si es algo propio de ese movimiento o grupo.
¿Qué hacer ante esto? Siguiendo unas pautas de acción de sentido
común, habrá que ponerlo en conocimiento del superior correspondiente; y
después, a instancias de éste o por iniciativa propia, denunciar los delitos o
faltas que se estén cometiendo ante las autoridades civiles correspondientes.
Cuando se trata de casos de presunta manipulación o «abuso psicológico», y sabiendo las limitaciones y las carencias de la Justicia en torno a estas acusaciones, es importante conocer las posibilidades del propio ordenamiento jurídico de la Iglesia para poder actuar. Antes de verlo en el artículo siguiente, creo necesario exponer algunos elementos que es preciso analizar, ante cualquier caso, para ayudar al discernimiento eclesial sobre las posibles “derivas sectarias” en asociaciones o grupos católicos.
Aspectos grupales que hay que tener en cuenta
Sin pretender hacer un elenco exhaustivo de aspectos a tener en
cuenta en el funcionamiento de cualquier agrupación que pertenezca a la
Iglesia, podemos señalar los siguientes, en forma de decálogo, como una
referencia muy importante para tomar el pulso de su “salud”.
1.
¿Cuál es la concepción del
liderazgo y de la obediencia que se tiene en el grupo? ¿Se deja
un margen adecuado para la libertad del miembro? ¿Se tiene en cuenta el
carácter sagrado de las decisiones hechas en conciencia? ¿Cuál es la
consideración del fundador o del líder y dirigentes?
2.
La fidelidad doctrinal a la Biblia
y al Magisterio de la Iglesia será otro aspecto fundamental: ¿es real, lo
abarca todo, o se escogen solamente las cosas que interesan al grupo?
3. Junto a ello, la fidelidad a los
propios estatutos, aprobados por la autoridad eclesiástica, es
crucial.
4. ¿Cómo es la relación con los ex
miembros? En ella se comprueba de forma real y concreta la
autoconciencia del grupo, más allá de los planteamientos teóricos. En ocasiones
se dan casos de desprecio, ruptura total de la relación, consideración
totalmente negativa, etc.
5. Algo irrenunciable es el respeto
escrupuloso a la distinción de los fueros interno y externo. No puede
tener decisiones de gobierno sobre una persona aquél a quien ésta tenga que
abrirle su conciencia.
6. También es necesario tener en
cuenta el carácter de los procedimientos disciplinarios, su
proporcionalidad y su estilo evangélico o no.
7.
Un buen indicador de la salud del
grupo es el estilo de su inserción en las estructuras eclesiales comunes; aquellas en
las que debe vivirse la eclesialidad, teniendo en cuenta la peculiaridad de la
agrupación. Fundamentalmente estamos hablando de la parroquia y de la diócesis.
8. Hay que observar el comportamiento
con los menores de edad, sobre todo a la hora del apostolado y de la
orientación vocacional. No se puede hacer todo esto a escondidas de la
familia, y hay que respetar el crecimiento de la persona, ayudándola a
descubrir su camino, sin imposiciones ni orientaciones ilegítimas.
9. Si antes hablábamos de la inserción en las estructuras eclesiales
locales, también
hay que tener en cuenta la apertura del grupo a otras realidades eclesiales y
del mundo.
10.Por último, algo a todas luces negativo es la existencia de libros
o materiales que se utilicen ad intra y que no tengan la aprobación
eclesiástica, ya sean reglamentos, libros de espiritualidad o cualquier
otro documento al que se dé autoridad en la vida personal de los miembros o en
el funcionamiento grupal.
Visto todo esto… ¿qué posibilidades tiene la Iglesia de actuar? En
un artículo posterior explicaremos cómo su ordenamiento jurídico cuenta con las
herramientas no sólo para corregir, sino también para prevenir estas conductas
sectarias que pueden darse en realidades que formen parte de la Iglesia
católica.
Luís Santamaría
Fuente: Aleteia