Benedicto XVI publicó la constitución apostólica
Anglicanorum coetibus, en la que establece el modo en el que los anglicanos que
así lo deseen puedan ingresar a la comunión plena de la Iglesia Católica
El canonista P. James Bradley, que
pertenece al Ordinariato personal del Reino Unido, destacó que los documentos
del Concilio Vaticano II demuestran que la liturgia y el acercamiento de más
fieles anglicanos a la comunión plena con la IglesiaCatólica van totalmente de
la mano.
Los ordinariatos son las jurisdicciones
eclesiásticas creadas por Benedicto XVI para acoger a cientos de miles de
anglicanos que decidieron ingresar a la plena comunión de la Iglesia Católica
desde principios de 2011.
“En
primer lugar está la visión ecuménica del Concilio. Como he argumentado en otro
lugar, el propósito principal del Culto Divino es el mantenimiento del
patrimonio anglicano en la Iglesia Católica. El misal del Culto Divino, en sus
propias palabras, ‘expresa y preserva para el culto católico el digno
patrimonio litúrgico anglicano, entendido como aquello que ha nutrido la fe católica
a lo largo de la historia de la tradición anglicana y ha impulsado aspiraciones
hacia la unidad eclesial’”, dijo el sacerdote.
En un artículo publicado por Catholic
Herald, el P. Bradley afirma que lo que comenta significa “una encarnación no
de principios litúrgicos sino ecuménicos. Y una lectura atenta de los
documentos conciliares demuestra que estas dos ideas a menudo se sostienen en
un tándem”.
Por ejemplo, sostuvo, que el decreto
Unitatis Redintegratio (UR), sobre el ecumenismo, tiene numerosas referencias a
la liturgia sagrada.
Entre ellas que las comunidades eclesiales
separadas de la comunión plena de la Iglesia Católica tienen una forma de
adoración que a veces muestra “rasgos notables de la liturgia que compartieron
con la Iglesia de antaño”.
En segundo lugar, explica el P. Brandley,
se encuentra la nueva flexibilidad estructural propuesta por el Concilio
Vaticano II.
“El decreto sobre la vida y el ministerio
de los sacerdotes, Presbyterorum ordinis, sugiere que la mejor distribución de
los sacerdotes podría ser determinada por ‘diócesis o prelaturas personales
especiales’ (PO 10)”.
Durante la redacción de Unitatis
Redintegratio, prosigue el P. Bradley, “el Arzobispo de Zagreb, Franjo Šeper,
quien como Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe supervisaría
más adelante la Disposición Pastoral para los anglicanos en los años ochenta,
habló de mantener la integridad estructural de las Iglesias Orientales a
condición de que acepten la primacía: ‘Se les debe permitir conservar la
estructura que tienen ahora. No debe haber latinización, especialmente en
asuntos litúrgicos’”.
“No es difícil ver cómo este principio fue
llevado primero a la Disposición Pastoral y, ahora, a los Ordinariatos. Y así,
si esta vida litúrgica distintiva es esencial para el propósito de los Ordinariatos
personales, también lo es su estructura; uno tiene sentido con lo otro”,
aseguró el presbítero.
Finalmente, el P. Brandley alentó a todos
los católicos a descubrir el rico patrimonio litúrgico anglicano “que ahora
está felizmente en casa en las comunidades del Ordinariato”.
“Al mismo tiempo les diría: animen a los
Ordinariatos a lograr una articulación más clara de esta visión”.
“Una que vea la liturgia y las estructuras
de la Iglesia orientadas hacia el mismo fin. De esta manera no sólo se
enriquecerá la vida litúrgica de la Iglesia, sino que su unidad se articulará
más plenamente: un signo profético de la realización del Reino de Dios”,
concluyó.
La comunión anglicana sufrió una
importante ruptura interna luego de que algunas de sus comunidades aprobaran la
ordenación de obispos homosexuales y mujeres "obispos". En noviembre
de 2009, el Papa Benedicto XVI publicó la constitución apostólica Anglicanorum
coetibus, en la que establece el modo en el que los anglicanos que así lo deseen
puedan ingresar a la comunión plena de la Iglesia Católica.
El 15 de enero de 2011, la Santa Sede
anunció la creación oficial del Ordinariato Personal de Nuestra Señora de
Walsingham para Inglaterra y Gales, como "una estructura canónica que
permite una reunión corporativa de tal modo que los ex anglicanos pueden
ingresar a la plena comunión con la Iglesia Católica preservando elementos de
su patrimonio anglicano".
Por Diego López Marina
Fuente: ACI