Indicaciones
a los obispos sobre el Triduo Pascual
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| Procesión en Córdoba © Diócesis de Córdoba |
“Las
expresiones de piedad popular y las procesiones que enriquecen los días de la
Semana Santa y del Triduo Pascual, a juicio del obispo diocesano podrán ser
trasladadas a otros días convenientes, por ejemplo, el 14 y 15 de septiembre”.
Esta
propuesta ha sido realizada por la Congregación del Culto Divino a través de un
Decreto titulado “En tiempo de Covid-19”, redactado ante el “difícil tiempo que
estamos viviendo” y teniendo en cuenta “el impedimento para celebrar la
liturgia comunitariamente en la iglesia según lo indicado por los obispos”.
Pascua y Misa Crismal
En
este sentido, el dicasterio ofrece una serie de indicaciones generales y
sugerencias a los prelados. La primera de ellas tiene que ver con la fecha de
la Pascua, “corazón del año litúrgico”, celebrada en durante tres días, el
Triduo Pascual, que “no puede ser trasladada”.
En
segundo lugar, con respecto a la Misa crismal, el documento expone que cada
obispo “tiene la facultad de posponerla a un día posterior”.
En
tercer lugar, en los lugares donde “la autoridad civil y eclesial ha
establecido restricciones”, se propone que para el consabido Triduo Pascual se
sigan una serie de instrucciones.
Triduo Pascual
Los
obispos darán indicaciones de acuerdo al episcopado para que en la iglesia
catedral y en las iglesias parroquiales, incluso sin la participación física de
los fieles, el obispo y los sacerdotes celebren el Triduo Pascual. Se avisará a
los fieles de la hora de las celebraciones para que puedan unirse a ellas desde
casa a través de “los medios de comunicación telemática, no grabados”.
El
Jueves Santo, los sacerdotes pueden celebrar la Misa de la Cena del Señor, concediendo
excepcionalmente a los sacerdotes “la facultad de celebrar en este día la Misa
sin el pueblo, en un lugar adecuado”. El lavatorio de los pies, así como la
procesión final del Santísimo Sacramento, se omiten, y este último se reserva
en el Sagrario.
El
Viernes Santo, el obispo y/o párroco celebra la Pasión del Señor. En la oración
universal el obispo diocesano establecerá una “especial intención por los
enfermos, los muertos, quien ha sufrido alguna pérdida”.
Vigilia Pascual
En
cuanto al Domingo de Pascua, la Vigilia Pascual, ésta se celebra solo en las
iglesias catedrales y parroquiales, “en la medida de la posibilidad real
establecida por aquellos a quienes compete”, reza el comunicado.
Para
el “Inicio de la vigilia o lucernario” se omite el fuego, se enciende el cirio
y, suprimida la procesión, se hace el pregón pascual (Exsultet). Sigue la
“Liturgia de la Palabra” y en la “Liturgia bautismal” solo se renuevan las
promesas bautismales (cf. Missale Romanum, p. 371, n. 55). Posteriormente,
tiene lugar la “Liturgia Eucarística”.
Por
último la nota de la Congregación para el Culto Divino señala que “para quienes
no pueden unirse a la Vigilia Pascual celebrada en la iglesia, recen el Oficio
de Lectura indicado para el Domingo de Pascua (cf. Liturgia Horarum)” y que en
el caso de los monasterios, seminarios y comunidades religiosas, “decida el
Obispo diocesano”.
Larissa
I. López
Fuente:
Zenit






