El Pleno del Tribunal Constitucional de España ha admitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra la reciente modificación legal que penaliza la acción de ayuda de los provida a las puertas de los negocios de aborto
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| Imagen referencial de la campaña Rezar no es delito. Crédito: Nicolás de Cárdenas/ ACI Prensa |
El máximo organismo de interpretación
de la Carta Magna insta al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno a
“personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes”.
El recurso de
inconstitucionalidad fue promovido por 50 miembros del Grupo Parlamentario VOX
en el Congreso de los Diputados contra la Ley Orgánica 4/2022 de 12 de abril,
por la que se modifica el Código Penal para “penalizar el acoso a las mujeres”
que acuden a los establecimientos de la industria del aborto a practicarse este
procedimiento letal.
Tras esta modificación, el Código
Penal establece “pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en
beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días” para quien, a juicio
del legislador, menoscabe la libertad de las madres que se dirigen a un centro
de aborto.







